SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

2.

2.  No existió ilegal designación del tercer Ministro relator y apropiación del proyecto del Ministro Ruiz Pérez por el Presidente, Héctor Sandoval Parada, pues sorteado el proceso le correspondió relacionarlo al Ministro Alberto Ruiz Pérez y leído el proyecto en Sala Plena fue votado el 6 de abril de 2005, obteniendo seis votos. En esa oportunidad, como se ha señalado, expresaron disidencia el Ministro Rodríguez a la que se adhirió la Ministra Canedo y la Ministra Ardaya con el voto conforme del Ministro Gonzales. En esa ocasión el Ministro Héctor Sandoval, sin expresar disidencia con el proyecto del Ministro Ruiz, efectuó sugerencias que fueron recogidas por éste  conforme se registró en las actas de Sala Plena de 16 de marzo y 6 de abril de 2005.

  CONCEDE la tutela solicitada; Dejando sin efecto el Auto Supremo  027/2007 de 23 de febrero y los Autos Supremos complementarios a este 052/2007 y 053/2007 ambos de 13 de marzo, debiendo las autoridades recurridas y los actuales miembros de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, previo sorteo conforme a ley, emitir nueva resolución de acuerdo a los datos que informen el proceso penal que motivó la presente acción.