Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.2.
II.2. Por memorial presentado a la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí el 14 de mayo de 2004, Justo Javier Villavicencio Calderón formuló recurso de casación contra la Sentencia de 26 de abril del mismo año (fs. 63 a 67), por lo que el proceso fue remitido a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 26 de mayo de 2004 y recibido en esa instancia el 1 de junio del mismo año (fs. 88 a 91).
- Justo Javier Villavicencio Calderón
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- 7.
- a)
- b)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- ii)
- iii)
- v)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. La sentencia como acto y como documento en los sistemas escriturados y orales
- Se redactaran en términos claros y precisos
- Fragmento 29
- III.4. El ámbito de protección del amparo constitucional
- III.5. El debido proceso y el sorteo de procesos para resolución
- III.6. El caso en revisión