SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

III.4.   El ámbito de protección del amparo constitucional

           Es preciso resaltar que esta es la línea jurisprudencia que el Tribunal Constitucional ha asumido y que es la que corresponde aplicar en las acciones que resuelve; sin embargo, no es menos evidente que en el marco del principio pro hómine consagrado por el art. 256.II de la CPE y del principio pro actione que deriva de aquél, se debe considerar de manera particular el presente caso, pues anteriores Magistrados de este Tribunal, a través de la comisión de admisión y bajo un entendimiento diferente al contenido en la SC 0099/2010-R, se pronunciaron dentro del recurso directo de nulidad presentado por el actual accionante rechazando el mismo  a través del AC 0207/2007-CA de 20 de abril, con el argumento de que la vía para la tutela de sus derechos era el amparo constitucional,. Por consiguiente en el caso concreto no corresponde aplicar la SC 0099/2010-R.