SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

d)

d) La actuación del Juez demandado en sentido de oficiar a la Sala Penal Primera para que ésta determine si el Juzgado tiene o no competencia para resolver el incidente no tiene ninguna base legal y no se ajusta a procedimiento, así ha sido entendido por los miembros de la Sala, referida que por decreto de 17 de julio de 2008, sostienen que no se puede conceder competencia al Juez inferior, toda vez que la jurisdicción y competencia de los magistrados y jueces emerge únicamente de la ley.