SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

2)

2)   Ordenar la certificación peticionada por la parte recurrente, no altera el contenido de la Sentencia, sino que simplemente coadyuva para que se identifique el fundo rústico que debía ser desapoderado, por lo que al haber negado esa posibilidad se vulneró el derecho a la petición y a la seguridad jurídica que tenía el recurrente.

2º  En virtud a la facultad prevista en el art. 48.4 de la LTC, disponiendo que se mantienen válidos los actos realizados en función a la tutela concedida por el Tribunal de garantías, específicamente la solicitud de certificaciones al INRA, así como las Resoluciones que en mérito a ellas se hubiesen adoptado en el proceso penal cuya ejecución de sentencia, motivó la presente acción tutelar.