SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

Decretos de 24 de febrero y 14 de junio de 2006, ordenó se grave el 50% de las acciones de líneas telefónicas

No todo concluye ahí; pues, desde la presentación de la solicitud hasta que se dejen sin efecto las multas ilegales y se resuelva el incidente, la autoridad recurrida prosiguió violando sus derechos, pues a solicitud del mismo ciudadano por Decretos de 24 de febrero y 14 de junio de 2006, ordenó se grave el 50% de las acciones de líneas telefónicas que se encuentran a nombre de su esposo Gerardo Arandia Verduguez, así como vehículos e inmuebles correspondientes a su persona; el 26 de febrero de 2007, Hilarión Rodríguez Terán, solicita se duplique la multa y el Juez recurrido por Decreto de 6 de marzo del mismo año, ordenó previamente se realice liquidación de la deuda por multas procesales; el 9 de abril de 2007, se trabó embargo sobre varios bienes muebles de su persona y por liquidación de 3 de mayo de 2007, se determinó que debía bs 309000.- (trescientos nueve mil bolivianos) por multas procesales, en virtud de lo cual el Juez recurrido, por Auto de 13 de septiembre de 2007, ordenó su apremio por no haber exhibido los bienes embargados por multas procesales.