SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R
Fecha: 21-Sep-2010
Decretos de 24 de febrero y 14 de junio de 2006, ordenó se grave el 50% de las acciones de líneas telefónicas
No todo concluye ahí; pues, desde la presentación de la solicitud hasta que se dejen sin efecto las multas ilegales y se resuelva el incidente, la autoridad recurrida prosiguió violando sus derechos, pues a solicitud del mismo ciudadano por Decretos de 24 de febrero y 14 de junio de 2006, ordenó se grave el 50% de las acciones de líneas telefónicas que se encuentran a nombre de su esposo Gerardo Arandia Verduguez, así como vehículos e inmuebles correspondientes a su persona; el 26 de febrero de 2007, Hilarión Rodríguez Terán, solicita se duplique la multa y el Juez recurrido por Decreto de 6 de marzo del mismo año, ordenó previamente se realice liquidación de la deuda por multas procesales; el 9 de abril de 2007, se trabó embargo sobre varios bienes muebles de su persona y por liquidación de 3 de mayo de 2007, se determinó que debía bs 309000.- (trescientos nueve mil bolivianos) por multas procesales, en virtud de lo cual el Juez recurrido, por Auto de 13 de septiembre de 2007, ordenó su apremio por no haber exhibido los bienes embargados por multas procesales.
- recurso
- En ejecución de sentencia
- únicamente respecto a la adjudicación del vehículo, anulando el remate y ordenando se realice uno nuevo
- y se designó como nueva depositaria a Isaura Vidal de Villarroel
- Decretos de 24 de febrero y 14 de junio de 2006, ordenó se grave el 50% de las acciones de líneas telefónicas
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 7
- a)
- Fragmento 9
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Excepción a la regla de subsidiariedad
- III.3.1 Derecho al debido proceso
- III.3.2 Derecho a la propiedad privada
- III.3.3 Derecho a la igualdad
- III.3.4 Derecho a la tutela judicial efectiva
- solicita retención del monto de remate y remisión del expediente por concurso necesario de acreedores
- (Intervención Esencial)
- toda vez que no son parte del proceso ejecutivo tramitado por el Juez recurrido
- designado nueva depositaria en la persona de Isaura Vidal de Villarroel
- (Obligación del depositario)
- APROBAR