SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R
Fecha: 21-Sep-2010
III.3.3 Derecho a la igualdad
En relación al derecho a la igualdad alegado como vulnerado la CPE establece y reconoce el derecho que tiene todo ser humano a ser tratado en igualdad con relación a sus congéneres aplicando respecto de él las mismas disposiciones reconocidas a todos, sin distinción alguna, por el Estado y los instrumentos internacionales; disponiendo en su art. 14.I, textualmente lo siguiente: "Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna", llegando a reconocerle la facultad al Estado, en su parágrafo II, la de sancionar toda forma de discriminación, sea por la causal que fuere, que "tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona", derecho fundamental también reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).
- recurso
- En ejecución de sentencia
- únicamente respecto a la adjudicación del vehículo, anulando el remate y ordenando se realice uno nuevo
- y se designó como nueva depositaria a Isaura Vidal de Villarroel
- Decretos de 24 de febrero y 14 de junio de 2006, ordenó se grave el 50% de las acciones de líneas telefónicas
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 7
- a)
- Fragmento 9
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Excepción a la regla de subsidiariedad
- III.3.1 Derecho al debido proceso
- III.3.2 Derecho a la propiedad privada
- III.3.3 Derecho a la igualdad
- III.3.4 Derecho a la tutela judicial efectiva
- solicita retención del monto de remate y remisión del expediente por concurso necesario de acreedores
- (Intervención Esencial)
- toda vez que no son parte del proceso ejecutivo tramitado por el Juez recurrido
- designado nueva depositaria en la persona de Isaura Vidal de Villarroel
- (Obligación del depositario)
- APROBAR