SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R
Fecha: 21-Sep-2010
II.3.
II.3. Por revisión de acta de remate de 10 de julio de 2002, se establece que, ante la ausencia de postores, la ejecutante se adjudica el vehículo en cuestión en el 80% de la última base, a cuya consecuencia por Auto de 19 de agosto de 2002, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial aprueba el remate y adjudica la indicada movilidad a favor de la ejecutante en la suma de $us 8400.- (ocho mil cuatrocientos dólares estadounidenses) vía compensación. En el mismo Auto señala que: "Respecto a la orden de retención de dineros dispuesta por el similar Octavo por Hilarión Rodríguez Terán, Severino Montaño y Rubén Fernández, no es posible dar cumplimiento a dicha providencia, por cuanto dentro del presente proceso no existen dineros para retener, puesto que la adjudicación se lo ha hecho vía compensación" (sic) (fs. 26 y 28).
- recurso
- En ejecución de sentencia
- únicamente respecto a la adjudicación del vehículo, anulando el remate y ordenando se realice uno nuevo
- y se designó como nueva depositaria a Isaura Vidal de Villarroel
- Decretos de 24 de febrero y 14 de junio de 2006, ordenó se grave el 50% de las acciones de líneas telefónicas
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 7
- a)
- Fragmento 9
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Excepción a la regla de subsidiariedad
- III.3.1 Derecho al debido proceso
- III.3.2 Derecho a la propiedad privada
- III.3.3 Derecho a la igualdad
- III.3.4 Derecho a la tutela judicial efectiva
- solicita retención del monto de remate y remisión del expediente por concurso necesario de acreedores
- (Intervención Esencial)
- toda vez que no son parte del proceso ejecutivo tramitado por el Juez recurrido
- designado nueva depositaria en la persona de Isaura Vidal de Villarroel
- (Obligación del depositario)
- APROBAR