SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

II.3.

II.3.  Por revisión de acta de remate de 10 de julio de 2002, se establece que, ante la ausencia de postores, la ejecutante se adjudica el vehículo en cuestión en el 80% de la última base, a cuya consecuencia por Auto de 19 de agosto de 2002, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial aprueba el remate y adjudica la indicada movilidad a favor de la ejecutante en la suma de $us 8400.- (ocho mil cuatrocientos dólares estadounidenses) vía compensación. En el mismo Auto señala que: "Respecto a la orden de retención de dineros dispuesta por el similar Octavo por Hilarión Rodríguez Terán, Severino Montaño y Rubén Fernández, no es posible dar cumplimiento a dicha providencia, por cuanto dentro del presente proceso no existen dineros para retener, puesto que la adjudicación se lo ha hecho vía compensación" (sic) (fs. 26 y 28).