SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

II.6.

II.6.  Hilarión Rodríguez Terán, por memorial presentado el 17 de marzo de 2003, solicita al Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial se cumpla la SC 1544/2002-R, además ordene que los ejecutantes depositen el camión en Tránsito a tercero día, bajo conminatoria de apremio del depositario en el acta de embargo, y multa diaria de bs 200.- (doscientos bolivianos) en caso de incumplimiento. Asimismo, solicita "se les conmine a reiniciar el trámite de remate del vehículo" (fs. 40 y vta.). Esta solicitud mereció la emisión del Auto de 17 de abril del mismo año por parte de José Aguilar Rojas, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, quien ordena a Lourdes Lucinda Rosas de Arandia exhibir el camión embargado que retiene en su poder en su condición de depositaria judicial, desde el 11 de agosto de 1998, según señala, sea en favor del nuevo depositario que se designa en la persona de Juan Carlos Frege Hirmas, a tercero día bajo conminatoria de apremio en aplicación del art. 161 del CPC (fs. 40 vta. a 41).