Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1668/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.12.
II.12.El Concejo Municipal, a través de la minuta de comunicación 002/2009 de 3 de marzo, refiriendo a la conclusión de un estudio relacionado con la necesidad social de proyectar el trazo de la av. Tomas O'Connor D'Arlach a 30 ml y a la aplicación de la OM 003/2009, recomienda al Alcalde que la Dirección de Urbanismo realice un estudio técnico urbanístico destinado a que el condominio “Los Pinos”, corrija el desplazamiento de su construcción; además que al existir planos aprobados, también se contemple la aplicación de limitaciones al derecho a la propiedad previstas en la Ley de Municipalidades, con la finalidad de que esa medida no comprometa al pago de indemnización alguna (fs. 135).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 7
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el cumplimiento obligatorio de las normas municipales urbanas y la primacía del interés general sobre el particular
- III.3.2. Sobre la supuesta vulneración del derecho a la propiedad
- 1)
- 2)
- 3)
- APROBAR