Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Alfredo Arízaga Alarcón en representación de Judith Bustillo Alarcón contra Aydee Nava Andrade, Alcaldesa Municipal de Sucre; Julio César Argandoña, Director y Sergio Julio Jäger Mela, Responsable de Conservación y Revitalización, ambos de la Unidad Mixta Municipal de Patrimonio Histórico - Plan de Rehabilitación de Áreas Históricas de Sucre (PRAHS) del referido Gobierno Municipal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad que rige sobre la acción de amparo constitucional
- III.2. Legitimación pasiva en el amparo constitucional, como requisito de admisibilidad de esa acción tutelar
- III.3.1. Legitimación pasiva de las autoridades demandadas
- III.3.2. Observancia del principio de subsidiariedad en el caso concreto
- conceder parcialmente
- REVOCAR