SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

I.2.1  Ratificación y ampliación de la acción

El abogado accionante, en audiencia ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional y agregó que recién el 18 de junio de 2009, fue notificado con la Resolución por la que se sanciona a su apoderada y defendida, ofreciendo como prueba la Resolución 02/2009, al amparo del art. 101 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); sin embargo, al alegar nuevos hechos y prueba, el Tribunal de garantías reservó su pronunciamiento sobre su consideración o no en la resolución a emitirse.

En ejercicio de su derecho a la réplica, refutó el informe expuesto por la parte demandada, aduciendo que no explica un fundamento valedero para que se negara la solicitud de autorización de instalación de servicios de agua y alcantarillado a favor de su defendida; por otra parte, el trámite “al tipo de sanción impuesta” no habría concluido ni cobrado ejecutoria la resolución respectiva.