Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Realizada la audiencia pública de consideración de la acción de amparo constitucional, el 1 de julio de 2009, en presencia del accionante, de los representantes de la Alcaldesa Municipal a.i. de Sucre -ostentando el testimonio del poder específico 755/2009-, del demandado Sergio Julio Jäger Mela, asistido por su abogado patrocinante y del Fiscal de Materia, Edgar Petersen Kelley -en calidad de tercero interesado-; ausente el codemandado Director de la Unidad Mixta Municipal de Patrimonio Histórico del Gobierno Municipal de Sucre, según consta en el acta cursante de fs. 159 a 161vta., se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad que rige sobre la acción de amparo constitucional
- III.2. Legitimación pasiva en el amparo constitucional, como requisito de admisibilidad de esa acción tutelar
- III.3.1. Legitimación pasiva de las autoridades demandadas
- III.3.2. Observancia del principio de subsidiariedad en el caso concreto
- conceder parcialmente
- REVOCAR