SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0552/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0552/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

3.

3. Radicado el proceso en el Tribunal Tercero de Sentencia, al amparo del art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP), solicitó la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, siendo que los actos dilatorios serían atribuibles al órgano jurisdiccional y no a su persona. Su petición no fue considerada, obviando que se trata de una excepción previa, amparados en el art. 345 de la indicada normativa, fijaron audiencia de constitución de Tribunal, a la que su defendido no asistió debido a que no se notificó al Gobernador del Penal de “San Pedro”, para su traslado.