SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0552/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0552/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

II.6.

II.6.  Concluida la vacación judicial, el proceso retornó al Tribunal Tercero de Sentencia, donde solicitó la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, amparado en el art. 133 del CPP, dado que no se había constituido Tribunal para su juicio y que los actos dilatorios serían atribuibles al órgano jurisdiccional y no a su defendido. Las autoridades demandadas, no resolvieron la petición del representado de la accionante, indicando que al tratarse de una excepción e incidente, su trámite se sujeta al art. 345 del mismo cuerpo legal, por cuanto previamente debía constituirse el Tribunal con cinco miembros para resolver la solicitud (fs. 9 a 12 vta.). Resolución, contra la que plantearon reposición y la misma se confirmó.