SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2011-R

Fecha: 16-May-2011

II.3.

II.3.  Por memorial de 22 de agosto de 2009, el accionante contestó oponiéndose a la solicitud, dado que según convenio predesvinculatorio, la tenencia a favor de la madre duraría entre tanto las condiciones así lo determinen, por lo que debió acudir ante el Juez de Partido de Familia y para realizar cualquier viaje al exterior, es necesaria su autorización expresa. Mediante Auto de 23 de agosto de 2007, el Juez Primero de Partido de la Niñez y Adolescencia, rechazó la solicitud o autorización de viaje (fs. 22 a 24 vta.). El 6 de junio de 2008, Bianca María Pallone Castro, recurrió de apelación (fs. 70 a 74); en contestación al recurso, el accionante no reclamó la falta de apertura de periodo probatorio y la intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (fs. 79 a 80). Mediante Auto de Vista 479/2008 de 1 de agosto, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, confirmó la Resolución impugnada (fs. 87 y vta.).