SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2011-R

Fecha: 16-May-2011

III.2. La jurisdicción constitucional está impedida de realizar      interpretación de la legalidad ordinaria y valoración de la prueba

Precisada la naturaleza jurídica de la presente acción (art. 128 de la CPE), su finalidad está orientada al resguardo de los derechos fundamentales y garantías constitucionales previstos en la Ley Fundamental; una de las características de este medio de defensa, establecida por la uniforme línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional, es que no puede ser considerada como una instancia de revisión ordinaria o como una etapa más del proceso.