SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2011-R

Fecha: 16-May-2011

III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

Como medio de defensa de carácter jurisdiccional, esta acción tutelar tiene por finalidad la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales contra los actos u omisiones ilegales o indebidas de funcionarios públicos o personas particulares que amenacen o restrinjan dichos derechos y garantías.

Se rige por los principios de subsidiariedad e inmediatez, que significa el agotamiento previo de los medios ordinarios judiciales y administrativos, idóneos para su restablecimiento oportuno. La inmediatez en su interposición, que obedece a la tutela efectiva al derecho lesionado, en ese sentido, la Ley Fundamental establece que el término para activar esta acción es de seis meses, computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o, de notificado con la última decisión judicial o administrativa.