Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0777/2011-R
Fecha: 20-May-2011
I.2.1. Ampliación de la acción
Por Secretaría se dio lectura a los memoriales de la acción de libertad y concedida la palabra al abogado de Ruan Rosales Agreda, éste expresó, que su defendido en el momento del ilícito no se encontraba en Santa Cruz; la declaración de su hermano señalándolo como dueño de la droga fue obtenida bajo tortura, existiendo además animadversión entre ellos, ratificando luego lo fundamentado en el memorial de la acción. En lo referente a William Rosales Suárez, se reiteró lo esgrimido en la demanda.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- Fragmento 19
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad y límites en cuanto a su ámbito de protección
- debido proceso
- a la defensa
- lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- III.3.
- REVOCAR