SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0777/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0777/2011-R

Fecha: 20-May-2011

lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad"

En complementación a lo sostenido, la aludida línea jurisprudencial reiterada por muchas otras con supuestos fácticos análogos orientó su línea interpretativa aduciendo que se activará esta garantía cuando se alegue indefensión absoluta cuando: "...a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad" (las negrillas nos corresponden).