SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0777/2011-R
Fecha: 20-May-2011
III.2. Análisis de la problemática planteada
Consecuentemente al evidenciarse que los supuestos ilegales denunciados no están vinculados con la libertad sino mas bien son cuestiones que forman parte del desenvolvimiento procesal; es decir, que independientemente de que se hayan suscitado o no, ello de ninguna manera inciden o tienen relevancia en la privación o amenaza del derecho a la libertad; asimismo, al no demostrarse que se conculcó el derecho a la defensa, presunción de inocencia e igualdad vinculado con la libertad personal porque contaron con asistencia técnica e hicieron uso de sus derechos a través de la interposición de los recursos previstos por ley neutralizan que esta jurisdicción ingrese a su consideración y estudio. De esta manera nos orienta la SC 0625/2005-R de 7 de junio al señalar que: “…a través de este recurso no se pueden examinar actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción, como tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente ante la autoridad judicial competente, pues si bien este recurso no es subsidiario, no puede ser utilizado para salvar la negligencia de la parte recurrente”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- Fragmento 19
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad y límites en cuanto a su ámbito de protección
- debido proceso
- a la defensa
- lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- III.3.
- REVOCAR