Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0777/2011-R
Fecha: 20-May-2011
II.9.
II.9. William Rosales Suárez, el 30 de enero de 2003, interpuso recurso de casación solicitando se case el Auto de Vista con el fundamento de que la droga fue encontrada en el domicilio de su hermano y no en su residencia (fs. 242 a 243vta.). Por su parte, Carlos Vega Robles, defensor de oficio de Ruan Rosales Agreda, el 14 de febrero del indicado año también planteó dicho recurso (fs. 246 a 250).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- Fragmento 19
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad y límites en cuanto a su ámbito de protección
- debido proceso
- a la defensa
- lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- III.3.
- REVOCAR