SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1914/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.2.
II.2. El 18 de enero de 2012, la Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia dictó el Auto Supremo 01/2012, declarando “inadmisible” el recurso de casación planteado por los representados de los accionantes, con los siguientes argumentos: a) Si bien se presentó el recurso en el término de ley, no se anexó la copia de la apelación restringida en la que conste la invocación del precedente contradictorio; b) No es suficiente referir y citar los precedentes contradictorios sino que esta formalidad se cumple con la debida motivación que indique de qué modo se presenta la contradicción con el Auto de Vista impugnado; y, c) Para el caso de que la Sentencia 15/2005 de 10 de mayo, fuese insuficientemente fundamentada, los recurrentes (representados de los accionantes), debieron oportunamente impugnar aquél defecto a través de su recurso de apelación restringida; sin embargo, en el aludido recurso, no se evidencia que los imputados hubiesen impugnado dicho defecto, y lo propio ocurre con el recurso de casación presentado el 23 de mayo de 2007, el que adolece del reclamo referido. Es decir, que el recurso de casación planteado fue declarado inadmisible por no haber cumplido los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP (fs. 92 a 96).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso invocado por los accionantes
- 2)
- III.2.1. El derecho a recurrir de un fallo ante el juez superior
- III.2.2. Con relación al derecho a la defensa
- III.2.3. El derecho a la fundamentación de decisiones
- III.2.4. Con relación al derecho a la igualdad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Sobre la supuesta aplicación errónea de la disposición procesal debido a una incorrecta interpretación de la misma
- APROBAR