SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2012

Fecha: 08-Nov-2012

Fragmento 34

                 El art. 115.II de la CPE, establece: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”. Constituyéndose este derecho en la potestad inviolable inherente a toda persona que intervenga en un proceso, sea éste judicial o administrativo, permitiendo definir sus intereses legítimos frente a actos que vayan en desmedro de sus derechos fundamentales, a ser oído en todo momento, impugnar decisiones, presentar prueba y otras; se entiende, en forma previa a la emisión de un fallo o determinación.