SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.4.

II.4.       A través de la Resolución Determinativa 1612/2007 de 22 de noviembre, la Unidad Especial de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, una vez de haber procedido a la fiscalización y señalando que el contribuyente notificado por cédula no había presentado pruebas de descargo, advirtiéndose la existencia de deudas tributarias por concepto del IPBI, resolvió la determinación de oficio sobre base presunta de la materia imponible, la obligación impositiva adeudada al Municipio de Bs108 621.- (ciento ocho mil seiscientos veintiún bolivianos), que más las multas y sanciones respectivas ascendían a la suma de Bs165 593.-, que debía cancelar en el plazo de veinte días improrrogables bajo conminatoria de iniciar la acción de ejecución tributaria en caso de inobservancia (fs. 265 a 266). Cursa notificación por cédula a Mario Vivado Molina de 12 de diciembre de 2007, en el domicilio fiscalizado en presencia de testigo (fs. 260).