SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.1.

II.1.       Por orden de fiscalización 1612/2007 de 8 de junio, la Unidad Especial de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en cumplimiento al art. 104 del CTB, comunicó a Mario Vivado Molina, el inicio de la fiscalización del inmueble ubicado en la calle 13 número 8189 de la zona de Calacoto de La Paz, por la omisión de pago y/o verificación de datos técnicos declarados mediante formulario 401 del IPBI, gestiones fiscales 2001 a 2005; informándole entre otros que, en caso de pagar antes de la notificación con la resolución determinativa o sancionatoria, en aplicación del art. 156 del Código citado, se le concedería una reducción de sanciones por ilícitos tributarios a su favor en el ochenta por ciento (fs. 294). Previo aviso de notificación y representación, el Oficial de Diligencias procedió a notificar por cédula al contribuyente, dejando la diligencia en el domicilio fiscalizado el 13 de agosto de igual año, en presencia de testigo (fs. 290 a 293).