SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2012

Fecha: 27-Abr-2012

III.3.

La comprensión de este tipo de acción de libertad, está recogido por esta misma Sala Tercera del Tribunal Constitucional Plurinacional, en la SCP 0017/2012 de 16 de marzo, la que después de reflexionar sobre el objeto y finalidad de la acción de libertad diseñada en el art. 125 de la CPE, refrendó la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Constitucional anterior contenida en las SSCC 1579/2004-R y 0465/2010-R, respecto a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho.

La SC 1579/2004-R de 1 de octubre, concluyó que el recurso de hábeas corpus -actualmente acción de libertad- “…por violaciones a la libertad individual y/o locomoción, puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida”.