SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2012
Fecha: 08-Jun-2012
Fragmento 28
De las Conclusiones arribadas y los antecedentes de la problemática planteada, destaca que por un lado, el accionante cuestiona la legalidad de su aprehensión, efectuada por los fiscales demandados y, por otro, su detención preventiva dispuesta sobre la base de una declaración informativa que prestó sin asistencia de su abogado patrocinante y en ausencia de un autoridad competente que valide dicho acto; circunstancia última que, además de sopesar sobre la imposición de restricción de su libertad, fue obviada por los Vocales codemandados, quienes en apelación, no valoraron la nueva prueba aportada por el imputado para desvirtuar los peligros procesales que determinaron la imposición de la referida medida cautelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 9
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 22
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El carácter modificable de las medidas cautelares y la atribución de los tribunales de apelación
- III.2.1. El recurso de apelación incidental e imposibilidad de considerarse nueva prueba en esta instancia, dado que constituye una etapa de revisión
- se abre la competencia del tribunal de alzada únicamente para la revisión sobre cuestiones de derecho y no de hecho que hubieran sido resueltas por la autoridad judicial a quo; ya que no constituye una nueva instancia en la que sea admisible la consideración de nueva prueba por el tribunal de apelación
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- Fragmento 28
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR