Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2012
Fecha: 08-Jun-2012
II.2.
II.2. Por memorial de 31 de enero de 2012 (fs. 70), los fiscales Sara Villarroel Bustios, “Elsner Cruz Choque”, Juan José Quispe Ulo y Víctor Hugo Vásquez Millán, hicieron conocer ante el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, la ampliación de la investigación del proceso signado como LP-S-03-“2011”, también contra Víctor Hugo Sanabria Nava; ello, de conformidad al informe de “27 de enero de 2012”, evacuado por los funcionarios policiales de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) al respecto, según afirma la Resolución de 30 de enero de 2012, cursante a fs. 71.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 9
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 22
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El carácter modificable de las medidas cautelares y la atribución de los tribunales de apelación
- III.2.1. El recurso de apelación incidental e imposibilidad de considerarse nueva prueba en esta instancia, dado que constituye una etapa de revisión
- se abre la competencia del tribunal de alzada únicamente para la revisión sobre cuestiones de derecho y no de hecho que hubieran sido resueltas por la autoridad judicial a quo; ya que no constituye una nueva instancia en la que sea admisible la consideración de nueva prueba por el tribunal de apelación
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- Fragmento 28
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR