SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2012
Fecha: 08-Jun-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
De conformidad al oficio VMRIP/-MFF/235/CAR/11 -no precisa la fecha-, remitido por un funcionario del Ministerio de Gobierno, en el que se informó sobre la aprehensión de su padre -René Sanabria Oropeza- y de Marcelo Juan Foronda Acero en la República de Panamá, por su presunta participación en una red de narcotráfico que en noviembre de 2010, envió 144 Kg de droga desde Bolivia a Estados Unidos; el 26 de febrero de 2011, se presentó imputación formal contra los implicados Milton Sánchez Pantoja y otros por la presunta comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa, uso indebido de influencias y legitimación de ganancias ilícitas, disponiéndose posteriormente su detención preventiva. Asimismo, se señaló que un día antes de la fecha indicada, el accionante junto a su madre -Lourdes Nieves Nava de Sanabria- se apersonaron a las oficinas del Centro de Inteligencia y Generación de Información (CIGEIN), lugar del que recogieron documentos y una radio de propiedad de René Sanabria Oropeza -quien era funcionario de dicha institución-, para luego partir ambos con rumbo desconocido, sin que se hubiera podido dar con el paradero de la antes mencionada, que fue buscada en sus dos domicilios reales ubicados en la zona de Obrajes de la ciudad de La Paz; y respecto a Víctor Hugo Sanabria Nava, se afirmó que tanto en su declaración informativa, como en la depuesta por un funcionario del CIGEIN, se corroboraron los hechos antes descritos en los que habría intervenido.
Según lo referido, se presumió la autoría del accionante en la comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, previstos y sancionados en los arts. 48 -con relación al 33 inc. m)- y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), por cuanto en el allanamiento realizado en el inmueble de René Sanabria Oropeza -en el que también reside el accionante-, ubicado en la calle 12, 215 de la zona de Obrajes, encontraron documentos relativos a transacciones bancarias, concluyendo en que Víctor Hugo Sanabria Nava mantiene cuentas mancomunadas con su madre; de ese modo, fue sometido a una audiencia de aplicación de medidas cautelares ante la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, que dispuso su detención preventiva en el penal de San Pedro, a través de la Resolución 076/2012 de 5 de febrero, misma que fue confirmada en apelación, no obstante las ilegalidades que se detallan a continuación:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 9
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 22
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El carácter modificable de las medidas cautelares y la atribución de los tribunales de apelación
- III.2.1. El recurso de apelación incidental e imposibilidad de considerarse nueva prueba en esta instancia, dado que constituye una etapa de revisión
- se abre la competencia del tribunal de alzada únicamente para la revisión sobre cuestiones de derecho y no de hecho que hubieran sido resueltas por la autoridad judicial a quo; ya que no constituye una nueva instancia en la que sea admisible la consideración de nueva prueba por el tribunal de apelación
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- Fragmento 28
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR