El presente voto disidente en la forma, en relación a la SCP 0770/2012 de 13 de agosto, plasma divergencias que se plasman en tres aspectos esenciales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente en la forma, en relación a la SCP 0770/2012 de 13 de agosto, plasma divergencias que se plasman en tres aspectos esenciales:

Fecha: 13-Ago-2012

toda divergencia que pueda tener génesis en la posición del sistema jurídico, método de derecho aplicable a la problemática o criterios de interpretación y criterios referentes a técnicas de argumentación jurídica, al ser aspectos esenciales para la validez de un fallo, con la finalidad de asegurar la imparcialidad e independencia de los magistrados, esta posición, en base a los postulados del Estado Constitucional, debe constar de manera fundamentada en un acto procesal autónomo y diferente al fallo que se cuestiona, razón por la cual, en estos supuestos, si bien se arriba al mismo resultado interpretativo, empero, al versar la divergencia sobre aspectos referentes a la legitimidad y validez de una decisión emergente del ejercicio del control de constitucionalidad, el razonamiento diferenciado, se enmarca a lo que en teoría constitucional comparada se conoce como el voto disidente en la forma, razonamiento que procesalmente es un acto procesal autónomo y diferente al fallo cuestionado, aspecto que asegura la imparcialidad e independencia de los Magistrados y Magistradas del Tribunal Constitucional Plurinacional.

Ahora bien, las magistradas o magistrados que forman parte del Pleno del Tribunal Constitucional, merced al principio de imparcialidad, pueden diferir del razonamiento adoptado por los miembros que cumplan con el porcentaje para obtener el quórum establecido por ley para decisiones emergentes del control normativo de constitucionalidad; en ese contexto, toda divergencia que pueda tener génesis en la posición del sistema jurídico, método de derecho aplicable a la problemática o criterios de interpretación y criterios referentes a técnicas de argumentación jurídica, al ser aspectos esenciales para la validez de un fallo, con la finalidad de asegurar la imparcialidad e independencia de los magistrados, esta posición, en base a los postulados del Estado Constitucional, debe constar de manera fundamentada en un acto procesal autónomo y diferente al fallo que se cuestiona, razón por la cual, en estos supuestos, si bien se arriba al mismo resultado interpretativo, empero, al versar la divergencia sobre aspectos referentes a la legitimidad y validez de una decisión emergente del ejercicio del control de constitucionalidad, el razonamiento diferenciado, se enmarca a lo que en teoría constitucional comparada se conoce como el voto disidente en la forma, razonamiento que procesalmente es un acto procesal autónomo y diferente al fallo cuestionado, aspecto que asegura la imparcialidad e independencia de los Magistrados y Magistradas del Tribunal Constitucional Plurinacional.