SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1921/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1921/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.17.

II.17.  El 19 de noviembre de 2012, la Presidenta de la Sala Penal Primera, en Voto Fundamentado por el que revoca la excepción respecto de la apelación incidental resolución 403/2012, declaró probada la excepción de prejudicialidad, promovida por  LA BOLIVIANA CIACRUZ DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., por existir anteriormente proceso civil, paralelamente se tiene denuncia penal, encontrándose el mismo en etapa de investigación sin haber imputación; y sea declarada improbada (fs. 103 y vta.). Habiéndose adherido con su voto el Vocal en función de la Presidencia de la Sala Penal Segunda del citado Tribunal (fs. 109 a 111).