SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1934/2013
Fecha: 04-Nov-2013
Fragmento 2
Señala que, está al cuidado de sus dos hijos, el menor de edad AA y Brian Daniel Galarza Rivera, ambos, con “discapacidad física” motora en un porcentaje del 53% y 54% respectivamente, por lo que el 2 de mayo de 2013, solicitó inamovilidad, estabilidad laboral y contratación preferente debido a que su contrato se vencía el 18 del referido mes y año, a efectos de viabilizar el acceso a los servicios médicos, educativos y sociales de sus hijos y darles una vida digna, en virtud de la obligación que tiene el Estado de asumir acciones positivas en esta situación conforme lo dispuesto en el art. 71.II y III de la Constitución Política del Estado (CPE) y en virtud a lo señalado en el art. 5.II del Decreto Supremo (DS) 27447 de 13 de abril de 2004, que protege la inamovilidad de los trabajadores o funcionarios que tengan bajo su dependencia personas con discapacidad y lo previsto en el art. 9 incs. c) y f) del DS 24807 de 4 de agosto de 1997, como así en el DS 29608 de 18 de junio de 2008, referido a la contratación preferente.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.7.
- II.8.
- II.10.1. El CODEDEPIS del Departamento de Tarija
- II.10.2. El Gobierno Autónomo Municipal de Tarija
- II.10.3. El Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social,
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- III.1. Jurisprudencia reiterada: Personas con capacidades diferentes con contratos a plazo fijo
- es factible la suscripción de contratos a plazo fijo en tareas propias pero no permanentes
- III.2. Medidas de acción positiva en favor de personas con capacidades diferentes: La obligación de contratación preferente
- medidas de acción positiva
- Gobiernos Municipales
- la obligación de su contratación preferente
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- adjuntando al efecto, la nómina del “personal permanente” con capacidades diferentes o que tienen bajo su dependencia a una o más personas de tal calidad,
- CONFIRMAR