SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2013
Fecha: 13-Mar-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, en audiencia ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional, aclarando que, existe un domicilio especial pactado en el documento base de la ejecución y al no haberse hecho conocer el cambio de domicilio se entiende que persiste; por tanto, la citación es válida; asimismo, el ejecutado antes de la realización de la segunda audiencia solicitó que el ejecutante caucione fianza de resultas, admitió y aceptó la realización del acto; posteriormente, promovió nulidad de la subasta, lo cual implica consentimiento, sin que se hubiera vulnerado su derecho a la defensa, considerando que la citación ha cumplido su finalidad que es hacer conocer al ejecutado sobre la demanda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. En la acción de amparo constitucional los accionantes tienen el deber de aportar prueba sobre el derecho vulnerado
- III.3. La valoración de la prueba como competencia exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR en parte