Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2013
Fecha: 13-Mar-2013
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la Autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional y el art. 12.7 de la LTCP, en revisión, resuelve: REVOCAR en parte, la Resolución 82 de 30 de octubre de 2012, cursante de fs. 162 vta. a 166 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, en su totalidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. En la acción de amparo constitucional los accionantes tienen el deber de aportar prueba sobre el derecho vulnerado
- III.3. La valoración de la prueba como competencia exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR en parte