SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2013
Fecha: 12-Abr-2013
a)
Los accionantes solicitan se conceda la tutela demandada, y restableciendo sus derechos vulnerados en la tramitación del interdicto: a) Anulen o dejen sin efecto la Sentencia Agraria 06/2011 de 28 de octubre, pronunciada por el Juez Agroambiental de Viacha y el Auto Nacional Agroambiental S2º 06/2012 de 13 de marzo, pronunciado por los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental; y, b) Se ordene que el Juez Agroambiental de Viacha reencause el procedimiento del interdicto de recobrar la posesión a partir del momento en que los dejaron en indefensión; es decir, hasta que se los notifique con el decreto de radicatoria del expediente, el señalamiento de día y hora de audiencia y la notificación legal y previa de sus personas con ese actuado procesal, con costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- Fragmento 25
- III.3. Impugnación de resoluciones judiciales
- Improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de los requisitos establecidos por el art. 258 del CPC
- III.4. Análisis del caso concreto
- Actuación del Juez Agrario de Viacha
- Actuación de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental
- denegado
- CONFIRMAR