SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2013
Fecha: 12-Abr-2013
II.8.
II.8. Realizada la audiencia pública preliminar el 24 de octubre de 2011, con la concurrencia de la parte demandante, el demandado Alejandro Alcón Mamani, asistido de su abogada quien al no presentar el pase profesional se le negó su participación, abandonando ambos el actuado procesal y en ausencia de los otros accionantes, se desarrolló normalmente recibiendo las declaraciones testificales de cargo y a cuya conclusión, la autoridad jurisdiccional fijó audiencia de lectura de sentencia para el 28 de octubre de 2011, señalando como domicilio de los demandados la Secretaría del Juzgado disponiendo su notificación de acuerdo a ley, como en efecto se practicaron las diligencias de notificación en Secretaría (fs. 217 a 220; 221 a 222 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- Fragmento 25
- III.3. Impugnación de resoluciones judiciales
- Improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de los requisitos establecidos por el art. 258 del CPC
- III.4. Análisis del caso concreto
- Actuación del Juez Agrario de Viacha
- Actuación de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental
- denegado
- CONFIRMAR