Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2013
Fecha: 12-Abr-2013
II.5.
II.5. Remitido el proceso al Juzgado Agrario de Viacha, donde fue recepcionado el 16 de septiembre de 2011, se apersonó la parte demandante solicitando audiencia pública preliminar que fue fijada para el 11 de octubre del mismo año; empero, al no haber sido notificado los demandados, ahora accionantes, a pedido de los demandantes se suspendió el actuado procesal señalando uno nuevo para el 24 de septiembre de igual año, disponiendo la notificación a los demandados mediante orden instruida (fs. 179 vta.; 197 a 199 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- Fragmento 25
- III.3. Impugnación de resoluciones judiciales
- Improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de los requisitos establecidos por el art. 258 del CPC
- III.4. Análisis del caso concreto
- Actuación del Juez Agrario de Viacha
- Actuación de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental
- denegado
- CONFIRMAR