Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2013-L
Fecha: 27-May-2013
1º CONFIRMAR
1º CONFIRMAR la Resolución 12/11 de 29 de agosto de 2011, cursante de fs. 125 a 127, emitida por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz; y en consecuencia; CONCEDER en parte la tutela, en los mismos términos dispuestos por el Tribunal de garantías, con relación a los derechos al debido proceso, a la debida fundamentación y a la defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso en su elemento a la debida fundamentación o motivación en las resoluciones
- III.3. Del derecho a la defensa
- III.4. De la nulidad y anulabilidad de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativo y su Reglamento
- III.5. De la seguridad jurídica
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR