Además, es imperante precisar que de acuerdo a la SC 0110/2010-R de 10 de mayo, en mérito a una labor hermenéutica armónica con los roles del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, deben también ser incorporados al bloque de consti
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Además, es imperante precisar que de acuerdo a la SC 0110/2010-R de 10 de mayo, en mérito a una labor hermenéutica armónica con los roles del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, deben también ser incorporados al bloque de consti

Fecha: 27-Jun-2013

el pluralismo constituye el elemento fundante del Estado

En ese orden, la sociedad boliviana se caracteriza no sólo por su heterogeneidad, sino fundamentalmente por su carácter plural; por tal razón, es de neurálgica importancia destacar que el pluralismo constituye el elemento fundante del Estado; en ese entendido, debe precisarse además que otra característica esencial del modelo constitucional está dado por el valor axiomático y dogmático- garantista de la Constitución, aspectos en virtud de los cuales, el fenómeno de constitucionalización debe efectuarse en la vida social, por lo que los valores supremos como ser el vivir bien, como elementos del contenido esencial de todos los derechos fundamentales, deben impregnar de contenido y límite a todos los actos de la vida social.

El valor axiomático y dogmático-garantista de la nueva Constitución, constituye precisamente el fundamento esencial para sustentar la aplicación no solamente vertical sino también horizontal de los derechos fundamentales en el marco del nuevo modelo del Estado Plurinacional de Bolivia, asegurando así la vigencia del modelo del Estado Constitucional de Derecho, perspectiva a partir de la cual, infra, se desarrollará el contenido esencial de la garantía del non bis in ídem y su irradiación al ejercicio de la función legislativa para la regulación de sanciones administrativas.