DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0010/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0010/2013

Fecha: 27-Jun-2013

compatibilidad

         Sobre el art. 92.II del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni, establece que: “Los distritos IOCs que cuenten con capacidades de gestión y un Plan de Desarrollo Integral, podrán acceder a recursos financieros”, precepto que resulta ser una copia de lo establecido en el art. 28.III de la LMAD; al respecto, cabe aclarar que, su declaratoria de compatibilidad con la Constitución que se dispondrá en la presente Declaración Constitucional Plurinacional, está sujeta o condicionada a la interpretación armónica y sistemática de dicha norma en relación a los arts. 2, 269, 289 a 296 de la CPE, tomando en cuenta que a partir de que el Texto Constitucional vigente, conforme se señala en el Punto II.1 de la presente Declaración, el Estado Plurinacional Comunitario, ha hecho posible la visibilización de los pueblos indígena originario campesinos, excluidos antes de toda institucionalidad estatal, al garantizar en el marco de la unidad del Estado su libre determinación, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales; por lo que en ningún caso, las exigencias que se establecen a los distritos IOCs en el ámbito territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni, tendrían que limitar, disminuir y mucho menos imposibilitar o anular el desarrollo de este proceso que ya es irreversible, por el contrario, el GAMH tendría que garantizar que los mismos accedan a los recursos financieros necesarios que les permitan desarrollarse como tales, con un mínimo de exigencias o cuando menos que éstas sean accesibles.