Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2013-L
Fecha: 18-Jun-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 16 de septiembre de 2011, cursante de fs. 124 vta. a 128, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Julio Cesar Quiroz Vaca contra Jaime Condori Ávila, Decano de la Facultad de Ciencias Integradas del Gran Chaco y Presidente del Consejo Facultativo, Jaime Julio Requena Herrera, Zenobio Paco Apaza, Sixto Daybid Álvarez Tiñini, Vicente Ávila Ruiz, Miembros de la Comisión Calificadora, todos de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho (UAJMS).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.17.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- III.2.1. El derecho al trabajo
- III.2.2. El derecho a la petición
- III.3.
- Fragmento 26
- III.3.1.1. Del desconocimiento del proceso de evaluación
- Fragmento 28
- III.3.1.2. De las observaciones a los miembros de la Comisión evaluadora
- III.3.1.3. De la reprobación del accionante
- III.3.1.4. De la asignación de la materia de Cálculo IV a otro docente
- si corresponde
- CONFIRMAR