SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2013-L
Fecha: 18-Jun-2013
II.14.
II.14.Por nota UNIV.F.G.CH.OF. 262/2011 de 7 de junio, el Decano de la Facultad del Gran Chaco, Jaime Condori Ávila, dio a conocer al accionante, los resultados de las observaciones efectuadas en el recurso de apelación que planteó, señalándole que de acuerdo al Reglamento de Evaluación Docente las apelaciones reconoce como única instancia de apelación el Consejo Facultativo, siendo su resolución inapelable. Nota en la que se indica que se revisó todo el proceso de evaluación, siendo evaluados todos los profesionales habilitados en las materias que impartieron el 2009 y con los alumnos que cursaron la materia, ya que los exámenes de titularidad fueron el 2008, resultando su alzada improcedente respecto a ése punto, y que el Pleno del Consejo Facultativo procedió a la revisión de la solicitud efectuada por el accionante, sin que haya encontrado diferencia entre los resultados obtenidos, por lo que ratificó los mismos y respecto a la conformación de la comisión evaluadora la cual es única y no de acuerdo a cada perfil, por último con relación a los estudiantes que lo evaluaron, son alumnos aprobados el 2009, en consecuencia el Consejo Facultativo emitió la “R.H.C.F. No. 44/2011” declarando improcedente su recurso de apelación, ratificando los resultados presentados por la comisión evaluadora, literal que contiene una nota de “recibido 9/06/2011 Hrs. 10:35” (sic) (fs. 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.17.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- III.2.1. El derecho al trabajo
- III.2.2. El derecho a la petición
- III.3.
- Fragmento 26
- III.3.1.1. Del desconocimiento del proceso de evaluación
- Fragmento 28
- III.3.1.2. De las observaciones a los miembros de la Comisión evaluadora
- III.3.1.3. De la reprobación del accionante
- III.3.1.4. De la asignación de la materia de Cálculo IV a otro docente
- si corresponde
- CONFIRMAR