SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2013-L
Fecha: 18-Jun-2013
II.9
II.9. Por nota de 3 de junio de 2011, el accionante solicitó se de respuesta a la apelación que presentó el 19 de mayo del citado año, así como los resultados de la misma, además de una contestación detallada a cada una de sus observaciones al proceso de evaluación para la ratificación de su titularidad obtenida el 2008, haciendo constar que su currículum vitae fue presentado en diciembre de 2010 y el resultado de su evaluación se le hizo llegar el 18 de mayo de 2011; asimismo indica que, nunca se le solicitó complementación de documentación a pesar del tiempo transcurrido, durante el cual obtuvo otros logros académicos, por lo que pide también que se le proporcione copia legalizada de todo el proceso de calificación y evaluación para la ratificación de su titularidad para que recurra a las instancias correspondientes a efectos de asumir defensa (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.17.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- III.2.1. El derecho al trabajo
- III.2.2. El derecho a la petición
- III.3.
- Fragmento 26
- III.3.1.1. Del desconocimiento del proceso de evaluación
- Fragmento 28
- III.3.1.2. De las observaciones a los miembros de la Comisión evaluadora
- III.3.1.3. De la reprobación del accionante
- III.3.1.4. De la asignación de la materia de Cálculo IV a otro docente
- si corresponde
- CONFIRMAR