SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

3.

    Sucesos de los que se concluye que la autoridad demandada no consideró que de acuerdo a la Constitución Política del Estado es labor del Estado a través de sus administradores de justicia, el garantizar la justicia pronta, oportuna transparente y sin dilaciones, más aún cuando ésta celeridad se encuentra ligada a los valores de dignidad y libertad, que como en el caso presente, la libertad se ve amenazada a través de una orden de aprehensión, cuya reconsideración ha sido pedida al juzgador, quien deberá analizar y disponer lo que en derecho corresponda de acuerdo a los datos del proceso y no escudar su inoperancia a través de peticiones de informes, croquis, y demás formalismos, cuya demora prevé para dilatar un pronunciamiento, sin tener presente además que el simple señalamiento de audiencia para examinar cualquier solicitud relacionada con el derecho a la libertad debe fijarse día y hora dentro de un plazo razonable conforme se ha desarrollado en la SC 0570/2006-R de 19 de junio, citada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.