SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.6.
II.6. En el informe preliminar de 15 de noviembre de 2010, de Edón Flores López, Investigador de la FELCC, dirigido al Jefe de la División Menores y Familia, Boris Alberto Loayza Rada; señala que el accionante no se presentó a prestar su declaración informativa, al no haber sido encontrado en su domicilio para su citación personal, aspecto que fue representado, habiendo solicitado posteriormente nuevo día y hora; sin embargo, no se presentó ni su abogado defensor para hacer conocer los motivos de su ausencia hasta la “fecha” por lo que se estaría obstaculizando la investigación, en consecuencia solicita mandamiento de aprehensión en su contra, informe que se ordenó sea puesto en conocimiento de la Fiscal de Materia asignada al caso (fs. 88).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- celeridad,
- los valores de dignidad y libertad
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad»'”
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2.
- 3.
- 2° CONCEDER