SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.3.
II.3. Mediante memorial de 19 de octubre de 2010, dirigido a la representante del Ministerio Público, Luis Ángel Rodríguez Achá, señala que realiza presentación espontánea, indicando entre sus generales de ley, su domicilio en calle Juan Matienzo 846, manifestando que se enteró extraoficialmente de la investigación por lo que se apersonó en forma espontánea, pidiendo que se le haga conocer toda actuación ulterior, argumentando que no se le citó, y manifiesta su predisposición para esclarecer y someterse a la investigación sin excepción alguna y desvirtuar todas y cada una de las argucias y maquinaciones falsas pidiendo se señale día y hora para prestar declaración informativa en conformidad al art. 95 del CPP, escrito que fue providenciado por la Fiscal asignada al caso el 20 de octubre de 2010, fijándose día y hora para el 29 de ese mes y año a horas 9:30, para que el accionante presente su declaración informativa (fs. 50 a 51).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- celeridad,
- los valores de dignidad y libertad
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad»'”
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2.
- 3.
- 2° CONCEDER