SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 06/2011 de 11 de octubre, cursante de fs. 493 a 498, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Gerardo Blass Gonzales, Jorge Germán Monje Ballesteros, Eduardo Romero Tárraga, Juan Carlos Portillo Guzmán, Antonia Wilma García Vargas y Michael Edward Donahue, miembros del Directorio del Comité Departamental de la Persona con Discapacidad (CODEPEDIS) de Tarija contra Lino Condori Aramayo, Gobernador a.i. del departamento Autónomo de Tarija, Orlinda Jiron Jirón, Directora Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Tarija, Victoria Ortega Cruz, América Durán Rojas, Arnildo García Velásquez, Elmin Azama Ríos de Fernández, delegados de la Federación Tarijeña de Personas con Discapacidad (FETAPDIS) al CODEPEDIS 2011-2016, Demetrio Tarqui y Manuel Trigo, Primer y Segundo Presidente, respectivamente de FETAPDIS; y, Ángela Nolasco Boyan, representante de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG's) y/o Obras de la Iglesia que trabaja por personas con discapacidad.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La vulneración del derecho de petición con relación a otros derechos acusados en una demanda de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- III.4. Actuación del Tribunal de garantías
- 3 de septiembre de 2011,
- 11 de octubre de 2011
- CONFIRMAR
- 3º