Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
II.10.
II.10. Mediante carta presentada el 11 de mayo de 2011, por Michael Edward Donahue, Jorge Germán Monje Ballesteros, Eduardo Romero Tárraga, Juan Carlos Portillo Guzmán y Antonia Wilma García Vargas, dirigida al Gobernador a.i. del departamento de Tarija, Lino Condori Aramayo, denunciaron irregularidades en el Directorio de CODEPEDIS Tarija pidiendo retorno a la legalidad (fs. 89 a 99).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La vulneración del derecho de petición con relación a otros derechos acusados en una demanda de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- III.4. Actuación del Tribunal de garantías
- 3 de septiembre de 2011,
- 11 de octubre de 2011
- CONFIRMAR
- 3º