SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2013-L

Fecha: 22-Jul-2013

II.14.

II.14.  La entidad demandada -ahora accionante- interpuso incidente de nulidad, mediante memorial presentado el 24 de enero de 2011, ante la Sala Social Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, indicando que dicha institución está exenta de hacer pagos ante estrados judiciales, aranceles y/o cualquier otro valor, debiendo haberse remitido el recurso de nulidad de oficio por la Auxiliar. Asimismo, indicó que la “notificación de fecha 18 de noviembre carece de oficia jurídica” (sic) toda vez que tratándose de una entidad del Estado, la misma debió haberse realizado en sus oficinas, una vez concedido el recurso y no en la misma auxiliatura, por lo que interpuso incidente “(…) DE NULIDAD LA NOTIFICACIÓN DE FECHA 6 DE DICIEMBRE DE 2010, y en caso de negativa habiendo sido supuestamente notificada el día 18 de enero con el Informe de la Auxiliar (…)” (sic) (fs. 41 y vta.).